Ley Nº 13779 - FUNCIONARIOS MILITARES. GASTOS DE SEPELIO
Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo a disponer de la suma de $ 2.341.50 (dos mil trescientos cuarenta y un pesos con cincuenta centésimos), que se tomará de Rentas Generales, para pago del saldo de los servicios fúnebres prestados a los militares fallecidos en el accidente ocurrido en el arroyo Yacuy el día 10 de junio de 1961, que se desglosa en $ 544.50 (quinientos cuarenta y cuatro pesos con cincuenta centésimos) a la empresa Santa Rosa y $ 1.797.00 (mil setecientos noventa y siete pesos) a la empresa La Salteña.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
PACHECO ARECO - ANTONIO FRANCESE - CESAR CHARLONE
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