Ley Nº 13809 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. ELENA PREVE DE SANCHEZ
Artículo 1
Acuérdase a la señora Elena Preve de Sánchez, en calidad de hija del doctor Santiago D. Preve, una pensión graciable de $ 8.000.00 (ocho mil pesos) mensuales acumulables a las asignaciones de pasividades que le pudieran corresponder.
Artículo 2
El servicio de esta pasividad será atendido con cargo a Rentas Generales.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
PACHECO ARECO - JORGE SAPELLI - CESAR CHARLONE
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