Ley Nº 13814 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MARIA ESTELA RAMASSO DE BERRO GARCIA
Artículo 1
Acuérdase a la señora María Estela Ramasso de Berro García, una pensión graciable de $ 10.000.00 (diez mil pesos) mensuales, acumulable a las asignaciones de pasividad que pudieren corresponderle.
Artículo 2
Esta pasividad será atendida con cargo a Rentas Generales.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
PACHECO ARECO - JORGE SAPELLI - CESAR CHARLONE
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