Ley Nº 13828 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MARIA ELENA PEREIRA BUSTAMANTE DE FERRO. ELIDA PEREIRA BUSTAMANTE DE DUALDE
Artículo 1
Auméntase a $ 10.000.00 (diez mil pesos) mensuales el monto de la pensión graciable que actualmente perciben las señoras María Elena Pereira Bustamante de Ferro y Elida Pereira Bustamante de Dualde, que les fuera concedida por ley N° 4.598 de 15 de julio de 1913.
Artículo 2
El servicio de esta pasividad continuará siendo atendido con cargo a Rentas Generales.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
PACHECO ARECO.- JORGE SAPELLI.- CESAR CHARLONE.
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