Ley Nº 13862 - EMPLAZAMIENTO DE ESTATUA DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir hasta la cantidad de $ 2:000.000.00 (dos millones de pesos) con cargo a tomarse de Rentas Generales, en la erección y emplazamiento de la estatua del Libertador General Bernardo O'Higgins, obsequiada a la República por el gobierno de Chile.
Artículo 2
Encomiéndase a la Comisión Pro Monumento a O'Higgins el estudio del lugar donde, de acuerdo con la Intendencia Municipal de Montevideo, se emplazará el monumento en esta Capital.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
PACHECO ARECO - CARLOS M. FLEITAS - ARMANDO R. MALET
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