Ley Nº 13876 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MENELVINA FERREIRA
Artículo 1
Acuérdase una pensión graciable de pesos 5.000.00 (cinco mil pesos) mensuales a la señorita Menelvina Ferreira, acumulable a la asignación de pasividad que pudiera corresponderle.
Artículo 2
El servicio de esta pensión será atendido con cargo a Rentas Generales.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
PACHECO ARECO - JORGE SAPELLI - ARMANDO R MALET
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