Ley Nº 13895 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. SELECCION DE JUGADORES DE LOS CAMPEONATOS SUDAMERICANOS DE FUTBOL DE 1916 Y 1917
Artículo 1
Acuérdase una pensión graciable de quince mil pesos ($ 15.000.00) mensuales, a cada uno de los jugadores que integraron los representativos nacionales que obtuvieron los Campeonatos Sudamericanos de Fútbol de los años 1916 y 1917.
Artículo 2
Extiéndense todos los beneficios acordados por las leyes N.os 13.621 de 24 de octubre de 1967 y 13.792 de 24 de noviembre de 1969, a los titulares de la presente ley.
Artículo 3
El servicio de estas pasividades será atendido con cargo a Rentas Generales.
Artículo 4
Comuníquese, etc.
PACHECO ARECO - JORGE SAPELLI
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