Ley Nº 13906 - GRAN PREMIO NACIONAL DE LITERATURA. CARLOS SABAT ERCASTY. EMILIO ORIBE
Artículo 1
Otórgase a los creadores, señores Carlos Sabat Ercasty y Emilio Oribe, el Gran Premio Nacional de Literatura en carácter extraordinario, de acuerdo con lo dispuesto por la ley N° 11.648 y demás disposiciones reglamentarias.
Artículo 2
Las erogaciones que resulten de lo dispuesto en el artículo 1° serán atendidas por Rentas Generales.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
PACHECO ARECO - CARLOS M. FLEITAS - CESAR CHARLONE
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