Ley Nº 13956 - SUSPENSION DE JUICIOS EJECUTIVOS A PRODUCTORES AGROPECUARIOS
Artículo 1
Suspéndese por 60 días los procedimientos en los juicios ejecutivos promovidos contra productores agropecuarios en general y sus fiadores.
Artículo 2
Durante el plazo de esta suspensión, las deudas no devengarán por ningún concepto un interés superior al 12 o/o (doce por ciento) anual.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
PACHECO ARECO - JUAN MARIA BORDABERRY - CARLOS M. FLEITAS - ANGEL RATH - JORGE SAPELLI
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