Ley Nº 14036 - GASTOS DE ACTO ELECCIONARIO. ELECCIONES NACIONALES
Artículo 1
Acuérdase a la Corte Electoral por una sola vez la suma de $ 390:000.000.00 (trescientos noventa millones de pesos) para atender los gastos que demande el acto eleccionario del 28 de noviembre de 1971, como asimismo todos los aspectos accesorios y complementarios del mismo.
Artículo 2
La precitada partida será puesta a disposición de la Corte Electoral antes del 1.o de agosto de 1971.
Artículo 3
La erogación citada será atendida con cargo a Rentas Generales.
Artículo 4
Comuníquese, etc.
PACHECO ARECO - CARLOS M FLEITAS
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