Ley Nº 14097 - ARRENDAMIENTOS RURALES. PRORROGA DE LA SUSPENSION DE LANZAMIENTOS Y SUS EXCEPCIONES

Rango Ley
Publicación 1972-12-07
Estado Vigente
Departamento BORDABERRY - BENITO MEDERO - MOISES COHEN - JOSE MARIA ROBAINA ANSO - CARLOS EDUARDO ABDALA
Fuente IMPO
artículos 3
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Artículo 1

Prorrógase la suspensión de lanzamientos de ocupantes de predios rurales destinados a explotaciones agrarias, establecidas en el

artículo 1° de la ley Nº 14.073, de 4 de agosto de 1972, con las excepciones enumeradas en el mismo, hasta el 30 de abril de 1973.

Artículo 2

La presente ley entrará en vigencia el 1° de diciembre de 1972.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

BORDABERRY - BENITO MEDERO - MOISES COHEN - JOSE MARIA ROBAINA ANSO - CARLOS EDUARDO ABDALA

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