Ley Nº 14118 - APROBACION DE ACUERDO INTERNACIONAL. CONVENIO INTERNACIONAL 129 OIT
Artículo 1
Ratifícase el Convenio Internacional del Trabajo N.o 129, adoptado por la Conferencia Internacional del Trabajo con fecha 25 de junio de 1969, en su 53.a Reunión. (*)
Artículo 2
El Poder Ejecutivo reglamentará la aplicación de la presente ley.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
BORDABERRY - JUAN CARLOS BLANCO - CARLOS EDUARDO ABDALA
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.