Ley Nº 15802 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. DOLLI BARUJ. MONICA VIVES MORATORIO. DILIA DEL CARMEN FERRANDO GULAR. CONCEPCION SILVA BELINZON. ANA MARIA AGRESTA. FRANCISCO MATEUCCI BORRA. NILDA MULLER. MARIA VAGO

Rango Ley
Publicación 1986-03-20
Estado Vigente
Departamento SANGUINETTI - ADELA RETA - LUIS MOSCA
Fuente IMPO
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Artículo 1

Concédese una pensión graciable de N$ 20.000.00 (veinte mil nuevos pesos) mensuales a las siguientes personas: Dolli Baruj, viuda de Francisco Espínola; Mónica Vives Moratorio, viuda de Juan Cunha; Dilia del Carmen Ferrando Gular, viuda de Líber Falco; Concepción Silva Belinzón; Ana María Agresta, viuda del doctor Atilio Ottieri Fariña; Francisco Mateucci Borra; Nilda Muller y María Vago, viuda de Ramón Bauzá.

Artículo 2

La erogación resultante será atendida con cargo a Rentas Generales.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

SANGUINETTI - ADELA RETA - LUIS MOSCA

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