Ley Nº 15802 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. DOLLI BARUJ. MONICA VIVES MORATORIO. DILIA DEL CARMEN FERRANDO GULAR. CONCEPCION SILVA BELINZON. ANA MARIA AGRESTA. FRANCISCO MATEUCCI BORRA. NILDA MULLER. MARIA VAGO
Artículo 1
Concédese una pensión graciable de N$ 20.000.00 (veinte mil nuevos pesos) mensuales a las siguientes personas: Dolli Baruj, viuda de Francisco Espínola; Mónica Vives Moratorio, viuda de Juan Cunha; Dilia del Carmen Ferrando Gular, viuda de Líber Falco; Concepción Silva Belinzón; Ana María Agresta, viuda del doctor Atilio Ottieri Fariña; Francisco Mateucci Borra; Nilda Muller y María Vago, viuda de Ramón Bauzá.
Artículo 2
La erogación resultante será atendida con cargo a Rentas Generales.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
SANGUINETTI - ADELA RETA - LUIS MOSCA
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