Ley Nº 15850 - MODIFICACION DEL ACTO INSTITUCIONAL Nº 9. SEGURIDAD SOCIAL
Artículo 1
(*)
Artículo 2
Derógase el literal d) del artículo 60 del llamado Acto Institucional Nº 9, de 23 de octubre de 1979.
Quienes hubieren perdido el derecho a pensión mientras estuvo vigente la norma que se deroga, lo recuperan a partir de la fecha de promulgación de esta ley.
Artículo 3
Comuníquese
SANGUINETTI - HUGO FERNANDEZ FAINGOLD
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