Ley Nº 15999 - HONRAS FUNEBRES. DELMIRA AGUSTINI

Rango Ley
Publicación 1988-12-01
Estado Vigente
Departamento SANGUINETTI - ADELA RETA
Fuente IMPO
artículos 4
Historial de reformas JSON API
Artículo 1

Dispónese el traslado al Panteón Nacional de los restos de la poetisa Delmira Agustini.

Artículo 2

El Poder Ejecutivo dispondrá la fecha en que se efectuará el traslado, así como los homenajes que, en esa oportunidad, se rendirán a la memoria de la poetisa.

Artículo 3

En la urna en que se depositarán los restos de Delmira Agustini se colocará una placa con la siguiente inscripción: "Homenaje de la República Oriental del Uruguay a Delmira Agustini".

Artículo 4

Comuníquese, etc.

SANGUINETTI - ADELA RETA

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