Ley Nº 16059 - ARMADA NACIONAL - OPERACIONES NAVALES
Artículo 1
Autorízase a dos buques y un avión de la Armada Nacional a participar conjuntamente con cinco buques de la Armada de los Estados Unidos de América y dos buques de la Armada de la República Federativa del Brasil, en los ejercicios navales combinados denominados Operación Unitas XXX, los cuales se desarrollarán entre los días 19 de agosto y 4 de setiembre de
(*)
Artículo 2
Autorízase a las Unidades Navales de la Armada Nacional referidas en el artículo anterior a partir del puerto de Montevideo el día 19 de agosto de 1989, a efectos del cumplimiento de la primera fase de los mencionados ejercicios fuera de aguas jurisdiccionales, operando desde el puerto de Río de Janeiro.
Artículo 3
Autorízase la realización de ejercicios navales combinados con unidades de la Armada Nacional y en aguas territoriales, de cinco buques de la Armada de los Estados Unidos de América y dos buques de la Armada de la República Federativa del Brasil con motivo de realizarse la segunda fase de la Operación Unitas XXX, entre los días 1º y 4 de setiembre de 1989, ingresando el último día al puerto de Montevideo donde permanecerán hasta el día 7 de setiembre de 1989, dos unidades de la Armada de los Estados Unidos de América y dos unidades de la Armada de la República Federativa del Brasil.
Artículo 4
Esta ley entrará en vigencia a partir de su promulgación por el Poder Ejecutivo.
Artículo 5
Comuníquese, etc.
SANGUINETTI - HUGO M. MEDINA - FRANCISCO A. FORTEZA - LUIS BARRIOS TASSANO
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