Ley Nº 16059 - ARMADA NACIONAL - OPERACIONES NAVALES

Rango Ley
Publicación 1989-10-02
Estado Vigente
Departamento SANGUINETTI - HUGO M. MEDINA - FRANCISCO A. FORTEZA - LUIS BARRIOS TASSANO
Fuente IMPO
artículos 5
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Artículo 1

Autorízase a dos buques y un avión de la Armada Nacional a participar conjuntamente con cinco buques de la Armada de los Estados Unidos de América y dos buques de la Armada de la República Federativa del Brasil, en los ejercicios navales combinados denominados Operación Unitas XXX, los cuales se desarrollarán entre los días 19 de agosto y 4 de setiembre de

1989.

(*)

Artículo 2

Autorízase a las Unidades Navales de la Armada Nacional referidas en el artículo anterior a partir del puerto de Montevideo el día 19 de agosto de 1989, a efectos del cumplimiento de la primera fase de los mencionados ejercicios fuera de aguas jurisdiccionales, operando desde el puerto de Río de Janeiro.

Artículo 3

Autorízase la realización de ejercicios navales combinados con unidades de la Armada Nacional y en aguas territoriales, de cinco buques de la Armada de los Estados Unidos de América y dos buques de la Armada de la República Federativa del Brasil con motivo de realizarse la segunda fase de la Operación Unitas XXX, entre los días 1º y 4 de setiembre de 1989, ingresando el último día al puerto de Montevideo donde permanecerán hasta el día 7 de setiembre de 1989, dos unidades de la Armada de los Estados Unidos de América y dos unidades de la Armada de la República Federativa del Brasil.

Artículo 4

Esta ley entrará en vigencia a partir de su promulgación por el Poder Ejecutivo.

Artículo 5

Comuníquese, etc.

SANGUINETTI - HUGO M. MEDINA - FRANCISCO A. FORTEZA - LUIS BARRIOS TASSANO

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