Ley Nº 16135 - PRORROGA DE PLAZO PARA QUE FINALICE LA LIQUIDACION DEL GRUPO PATRIMONIAL
Artículo 1
Prorrógase por seis meses, a partir del 9 de julio de 1990, el plazo para que la Inspección General de Hacienda finalice la liquidación del grupo patrimonial a que refiere el decreto ley 14.672, de 27 de junio de
1977.
(*)
Artículo 2
Facúltase al Poder Ejecutivo para prorrogar, en caso necesario y por razones fundadas, hasta en seis meses, el plazo establecido en el artículo precedente.
LACALLE HERRERA - JUAN ANDRES RAMIREZ
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