Ley Nº 16155 - DECLARACION DE FERIADO DEPARTAMENTAL. BELLA UNION. ARTIGAS

Rango Ley
Publicación 1990-12-03
Estado Vigente
Departamento LACALLE HERRERA - JUAN ANDRES RAMIREZ - EDUARDO MEZZERA - ENRIQUE BRAGA SILVA - CARLOS E. DELPIAZZO - GUILLERMO GARCIA COSTA - WILSON ELSO GOÑI - AUGUSTO MONTESDEOCA - CARLOS A. CAT - ALFREDO SOLARI - ALVARO RAMOS - JOSE VILLAR GOMEZ - WALTER GRAIÑO
Fuente IMPO
artículos 2
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Artículo 1

Declárase feriado para la ciudad de Bella Unión el día 27 de octubre de 1990, con motivo de los actos celebratorios del vigésimo quinto aniversario de la Cooperativa Agraria Limitada Norte Uruguayo (CALNU).(*)

Artículo 2

Otórgase goce de licencia paga, durante el día referido en el artículo 1, a los trabajadores de las actividades pública y privada nacidos o radicados en la ciudad de Bella Unión.

LACALLE HERRERA - JUAN ANDRES RAMIREZ - EDUARDO MEZZERA - ENRIQUE BRAGA SILVA - CARLOS E. DELPIAZZO - GUILLERMO GARCIA COSTA - WILSON ELSO GOÑI - AUGUSTO MONTESDEOCA - CARLOS A. CAT - ALFREDO SOLARI - ALVARO RAMOS - JOSE VILLAR GOMEZ - WALTER GRAIÑO

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