Ley Nº 16166 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. AGUSTIN PUCCIANO

Rango Ley
Publicación 1991-01-09
Estado Vigente
Departamento LACALLE HERRERA - GUILLERMO GARCIA COSTA - ENRIQUE BRAGA SILVA
Fuente IMPO
artículos 2
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Artículo 1

Concédese una pensión graciable, equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales, al señor Agustín Pucciano.

Artículo 2

La erogación resultante será atendida con cargo a Rentas Generales.

LACALLE HERRERA - GUILLERMO GARCIA COSTA - ENRIQUE BRAGA SILVA

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