Ley Nº 16208 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. REIMUNDA SARAVIA
Artículo 1
Concédese una pensión graciable equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales a la señora Reimunda Saravia.
Artículo 2
La erogación resultante será atendida por Rentas Generales.
AGUIRRE RAMIREZ - GUILLERMO GARCIA COSTA - ENRIQUE BRAGA SILVA
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