Ley Nº 16258 - DECLARACION DE FERIADO DEPARTAMENTAL. RIO BRANCO. CERRO LARGO
Artículo 1
Dispónese que los nacidos y quienes habiten en la 3º Sección Judicial del departamento de Cerro Largo, gozarán de tres días de asueto en lo correspondiente al 9, 10 y 11 de junio de 1992, con motivo de celebrarse los 200 años de la génesis del proceso fundacional de la ciudad de Río Branco.
Artículo 2
Concédese a la Junta Local Autónoma de la ciudad de Río Branco a fin de celebrar el acontecimiento referido:
A) Una contribución consistente en una partida de UR 7.000 (siete mil Unidades Reajustables) para la compra de un inmueble y su alhajamiento destinados a Casa de la Cultura y Museo Histórico de la mencionada ciudad.
B) Una partida de UR 2.500 (dos mil quinientas Unidades Reajustables) como contribución para la realización de los festejos a llevarse a cabo. (*)
Artículo 3
Las partidas mencionadas en el artículo anterior serán puestas a
disposición de la Junta Local Autónoma de Río Branco inmediatamente
después de sancionada la presente ley, y sus fondos se proveerán con cargo al Tesoro Nacional, debiéndose rendir cuenta de la inversión de los mismos a la Contaduría General de la Nación.
LACALLE HERRERA - JUAN ANDRES RAMIREZ - EDUARDO MEZZERA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO - IGNACIO RISSO - GUILLERMO GARCIA COSTA - WILSON ELSO GOÑI - GUSTAVO CERSOSIMO - ENRIQUE ALVARO CARBONE - JULIO CESAR LEIVAS - ALVARO RAMOS - JOSE VILLAR GOMEZ - JOSE MARIA MIERES MURO
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