Ley Nº 16314 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. JUANA PONCE DE LEON TERRER
Artículo 1
Concédese una pensión graciable equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales a la señora Juana Ponce De León Terrero.
Artículo 2
La erogación resultante será atendida con cargo a Rentas Generales.
LACALLE HERRERA - ANTONIO MERCADER
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