Ley Nº 16321 - APROBACION DE LA CONVENCION UNIVERSAL SOBRE DERECHO DE AUTOR
Artículo Unico
Apruébase la Convención Universal sobre Derecho de Autor y sus Declaraciones, Resoluciones y Protocolos Anexos, aprobada en la ciudad de Ginebra el 6 de setiembre de 1952, así como la adhesión de la República a la Convención Universal sobre Derecho de Autor, revisada en París el 24 de julio de 1971. (*)
LACALLE HERRERA - HECTOR GROS ESPIELL - ANTONIO MERCADER
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.