Ley Nº 16349 - MODIFICACIONES AL CODIGO PENAL
Artículo 1
Derógase el artículo 19 de la Ley Nº 15.737, de 8 de marzo de 1985, declarándose en vigor las normas que fueron derogadas expresa o tácitamente por la disposición citada, con la modificación dispuesta por el artículo 2 de la presente ley.
Artículo 2
(*)
Artículo 3
(*)
Artículo 4
Las modificaciones dispuestas por la presente ley al Código Penal y al Código del Proceso Penal serán incorporadas a sus respectivos textos en las próximas ediciones oficiales de los mismos.
LACALLE HERRERA - JUAN ANDRES RAMIREZ
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