Ley Nº 16425 - ARMADA NACIONAL
Artículo 1
Autorízase a las Fragatas ROU 01 "Uruguay", ROU 02 "Artigas" y ROU 03 "Montevideo" y a dos aviones de la Armada Nacional tipo B200T y S2G a participar en tres fases (siete, ocho y nueve) de los ejercicios navales combinados en el marco de la denominada Operación Unitas XXXIV, conjuntamente con una corbeta, un avión y un helicóptero de la República Argentina, una fragata y una corbeta de la República Federativa del Brasil y un destructor, una fragata, un submarino, un transporte, dos aeronaves, un Destacamento de Coast Guard, un Destacamento de Minado y Contraminado y un Destacamento de Infantería de Marina de los Estados Unidos de América. (*)
Artículo 2
Autorízase a las unidades de la Armada Nacional referidas en el artículo anterior a partir y regresar del puerto de Montevideo del 11 al 24 de octubre y del 30 de octubre al 17 de noviembre del corriente año, a efectos del cumplimiento de las fases siete y nueve, respectivamente, de los mencionados ejercicios, las que se realizarán en aguas jurisdiccionales de la República Argentina (fase siete) y de la República Federativa del Brasil (fase nueve).
Artículo 3
Autorízase el ingreso a aguas jurisdiccionales uruguayas de las unidades de las Armadas de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil y de los Estados Unidos de América entre los días 24 y 30 de octubre del corriente año, con motivo de realizarse la fase ocho de la Operación Unitas XXXIV.
Artículo 4
Autorízase la escala en el puerto de Montevideo o, en su defecto, en el de Punta del Este, departamento de Maldonado de las unidades extranjeras intervinientes en la precitada Operación Unitas XXXIV, desde el 24 de octubre a la hora 18.00 hasta el 27 de octubre a la hora 9.00 del corriente año.
Artículo 5
La presente Ley entrará en vigencia a partir de su promulgación por el Poder Ejecutivo.
LACALLE HERRERA - DANIEL HUGO MARTINS - JUAN ANDRES RAMIREZ - SERGIO ABREU.
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