Ley Nº 16522 - APROBACION DE ACUERDO INTERNACIONAL - RESPONSABILIDAD CIVIL POR ACCIDENTES DE TRANSITO
DE TRANSITO
Artículo Unico
Apruébase el Convenio entre la República Oriental del Uruguay y la República Argentina, sobre Responsabilidad Civil Emergente de Accidentes de Tránsito, suscrito el día 8 de julio de 1991. (*)
SANTORO - SERGIO ABREU - ANTONIO MERCADER
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.