Ley Nº 16528 - EMPLEADOS PRIVADOS

Rango Ley
Publicación 1994-08-17
Estado Vigente
Departamento LACALLE HERRERA - RICARDO REILLY
Fuente IMPO
artículos 2
Historial de reformas JSON API
Artículo 1

(*)

Artículo 2

Los trabajadores que al 1º de marzo de 1993 hubieran figurado en las planillas de trabajo de la empresa Campomar y Soulas S.A. podrán acceder a la jubilación por el cumplimiento de cincuenta y cinco años de edad para el hombre y de cincuenta para la mujer.

LACALLE HERRERA - RICARDO REILLY

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