Ley Nº 16570 - ARMADA NACIONAL

Rango Ley
Publicación 1994-09-20
Estado Vigente
Departamento LACALLE HERRERA - DANIEL HUGO MARTINS - ANGEL MARIA GIANOLA
Fuente IMPO
artículos 3
Historial de reformas JSON API
Artículo 1

Autorízase a las unidades de la Armada Nacional ROU 01 "Uruguay", 02 "Artigas", 03 "Montevideo", 10 "Colonia", 11 "Río Negro", 12 "Paysandú", 14 "Salto", 21 "Sirius", 26 "Vanguardia", 31 "Temerario", 32 "Valiente", 33 "Fortuna" 34 "Audaz", un grupo de buceo, Cuerpo de Fusileros, Prefectura Nacional Naval, dos aeronaves B-200 T y S-2G, dos helicópteros W-60 y una aeronave Cessna a participar juntamente con unidades de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de los Estados Unidos de América y del Reino de España, en los ejercicios navales de la Operación Unitas XXXV.

Artículo 2

Autorízase a las unidades de la Armada Nacional integrantes de la precitada Operación Unitas a participar, entre el 9 y el 22 de setiembre del corriente año, en maniobras conjuntas con los países intervinientes en aguas jurisdiccionales de la República Argentina.

Artículo 3

Autorízase el ingreso a aguas jurisdiccionales de nuestro país desde el 2 al 9 de setiembre del corriente año, con permanencia en el puerto de Montevideo y en el de Punta del Este, departamento de Maldonado, entre el 6 y el 9 de setiembre del corriente año, de las unidades pertenecientes a la República Argentina, a la República Federativa del Brasil, a los Estados Unidos de América y al Reino de España, participantes de la Operación Unitas XXXV.

LACALLE HERRERA - DANIEL HUGO MARTINS - ANGEL MARIA GIANOLA

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