Ley Nº 16589 - EJERCITO NACIONAL
Artículo Unico
Desígnanse con los nombres de "Oriental" al Batallón de Infantería Nº 4; "Asencio" al Batallón de Infantería Nº 5; "Capitán Manuel Artigas" al Batallón de Infantería Nº 6; "Ituzaingó" al Batallón de Infantería Nº 7; "Rincón" al Batallón de Infantería Nº 9; "Leonardo Olivera" al Batallón de Infantería Nº 12; "Misiones" al Regimiento de Caballería Mecanizado Nº 5; "Guayabos" al Regimiento de Caballería Nº 10; "Las Piedras" al Grupo de Artillería Nº 3; "Sarandí" al Batallón de Ingenieros de Combate Nº 2 y "Libertad o Muerte" al Batallón de Comunicaciones Nº 1.
LACALLE HERRERA - DANIEL HUGO MARTINS
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