Ley Nº 16686 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. CAMILO URUEÑA GONZALEZ
Artículo 1
Concédese una pensión graciable equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales al señor Camilo Urueña González.
Artículo 2
La erogación resultante será atendida por Rentas Generales.
LACALLE HERRERA - ANTONIO MERCADER - IGNACIO DE POSADAS MONTERO
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