Ley Nº 16705 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. JOSE FRANCISCO SACIA LUGO
Artículo 1
Concédese una pensión graciable equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales al señor José Francisco Sacía Lugo.
Artículo 2
La erogación resultante será atendida por Rentas Generales.
SANGUINETTI - SAMUEL LICHTENSZTEJN - JUAN ALBERTO MOREIRA
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