Ley Nº 16915 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. DANIEL MARTINES CAMIÑO
Artículo 1
Otórgase una pensión graciable al señor Daniel Martines Camiño.
Artículo 2
El monto de la misma ascenderá al equivalente de cuatro salarios mínimos nacionales.
SANGUINETTI - SAMUEL LICHTENSZTEJN - LUIS MOSCA
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.