Ley Nº 16981 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. SERGIO CURTO
Artículo 1
Concédese una pensión graciable al señor Sergio Curto equivalente a tres salarios mínimos nacionales.
Artículo 2
La erogación resultante será atendida por Rentas Generales.
SANGUINETTI - ANTONIO GUERRA - LUIS MOSCA
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