Ley Nº 17001 - BIENES DEL ESTADO
Artículo 1
Autorízase al Estado, Ministerio de Defensa Nacional -Dirección General de Información de Defensa- a enajenar el inmueble de su propiedad padrón 87295, sito en el departamento de Montevideo.
Artículo 2
El producido del mismo se destinará a la construcción de obras, ampliación y reciclaje de la estructura edilicia de la Dirección General de Información de Defensa.
SANGUINETTI - RAUL ITURRIA
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