Ley Nº 17038 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. JOSE MARIA LORENZO
Artículo 1
Concédese una pensión graciable al señor José María Lorenzo, equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales.
Artículo 2
La erogación resultante, será atendida por Rentas Generales.
SANGUINETTI - YAMANDU FAU - JUAN ALBERTO MOREIRA
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