Ley Nº 17204 - PESCA - LIQUIDACIONES JUDICIALES

Rango Ley
Publicación 1999-10-01
Estado Vigente
Departamento SANGUINETTI - JULIO HERRERA - LUIS BREZZO
Fuente IMPO
Historial de reformas JSON API
Artículo Unico

Declárase que en los casos de liquidaciones judiciales en trámite de empresas pesqueras ubicadas en el interior del país y clausuradas, se abonarán todos los créditos laborales impagos bajo la condición que se presenten ante la sindicatura dentro del plazo de treinta días a partir de la vigencia de la presente ley.

SANGUINETTI - JULIO HERRERA - LUIS BREZZO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.