Ley Nº 17467 - DEPORTES - REGISTRO DE CLUBES DEPORTIVOS
Artículo Unico
Prorrógase el plazo de inscripción en el Registro de Clubes Deportivos, establecido en el artículo 68 de la Ley Nº 17.292, de fecha 25 de enero de 2001, por ciento ochenta días contados a partir del día 26 de julio de 2001.
BATLLE - JAIME TROBO
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