Ley Nº 17648 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MANUEL RAUL GUARDIA FIACCHINI
Artículo 1
Concédese una pensión graciable al señor Manuel Raúl Guardia Fiacchini, equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales.
Artículo 2
La erogación resultante será con cargo a Rentas Generales.
BATLLE - LEONARDO GUZMAN - ALEJANDRO ATCHUGARRY
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.