Ley Nº 17675 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MIGUEL ANGEL PIRIZ
Artículo 1
Concédese una pensión graciable, al señor, Miguel Angel Píriz equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales.
Artículo 2
La erogación resultante, será atendida por Rentas Generales.
BATLLE - LEONARDO GUZMAN - ALEJANDRO ATCHUGARRY
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