Ley Nº 17708 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. EDUARDO GILARDONI
Artículo 1
Concédese una pensión graciable al maestro Eduardo Gilardoni, equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales.
Artículo 2
La erogación resultante será atendida por Rentas Generales.
BATLLE - LEONARDO GUZMAN - ISAAC ALFIE
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