Ley Nº 17789 - LEY DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA BANCARIO. EXTENSION DE PLAZO
Artículo Unico
Extiéndese hasta el 31 de diciembre de 2004, la autorización otorgada al Banco de la República Oriental del Uruguay por el artículo 15 de la Ley Nº 17.523, de 4 de agosto de 2002.
BATLLE - ISAAC ALFIE
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