Ley Nº 18031 - DECLARACION DE INTERES NACIONAL. CIUDAD DE SALTO

Rango Ley
Publicación 2006-10-17
Estado Vigente
Departamento TABARE VAZQUEZ - JUAN FAROPPA - REINALDO GARGANO - DANILO ASTORI - AZUCENA BERRUTTI - JORGE BROVETTO - VICTOR ROSSI - MARTIN PONCE DE LEON - EDUARDO BONOMI - MARIA JULIA MUÑOZ - JOSE MUJICA - HECTOR LESCANO - MARIANO ARANA - MARINA ARISMENDI
Fuente IMPO
artículos 2
Historial de reformas JSON API
Artículo 1

Declárase feriado no laborable para la ciudad de Salto, el día 8 de noviembre de 2006, con motivo de conmemorarse los doscientos cincuenta años de su fundación.

Artículo 2

Otórgase goce de licencia paga durante la fecha indicada en el

artículo 1º de la presente ley a los trabajadores de las actividades

pública y privada nacidos o radicados en la ciudad de Salto.

TABARE VAZQUEZ - JUAN FAROPPA - REINALDO GARGANO - DANILO ASTORI - AZUCENA BERRUTTI - JORGE BROVETTO - VICTOR ROSSI - MARTIN PONCE DE LEON - EDUARDO BONOMI - MARIA JULIA MUÑOZ - JOSE MUJICA - HECTOR LESCANO - MARIANO ARANA - MARINA ARISMENDI

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.