Ley Nº 18299 - DECLARACION DE INTERES NACIONAL. CIRCUITO TURISTICO REGIONAL DE TRANQUERAS MASOLLER Y VALLE DEL LUNAREJO. RIVERA
MASOLLER Y VALLE DEL LUNAREJO. RIVERA
Artículo 1
Declárase de interés nacional para el desarrollo turístico del departamento de Rivera la creación y gestión del Circuito Turístico Regional de Tranqueras, Masoller y Valle del Lunarejo, a los efectos dispuestos por el numeral 9º) del artículo 85 de la Constitución de la República y por los artículos 16 y 17 del Decreto Ley Nº 14.335, de 23 de diciembre de 1974.
Artículo 2
El Circuito Turístico Regional de Tranqueras, Masoller y Valle del Lunarejo comprenderá, en particular, a las zonas correspondientes a dichas localidades, ubicadas en la 3a. Sección Judicial del departamento de Rivera y, en general, al departamento de Rivera.
Artículo 3
Declárase asimismo de interés nacional la actividad de inversión en el Circuito referido que propenda a la refacción, acondicionamiento y creación de una infraestructura adecuada de bienes, servicios y entorno natural, para el desarrollo de éste, procurando la preservación y difusión del carácter histórico, cultural y natural de la zona.
TABARE VAZQUEZ - HECTOR LESCANO - DANILO ASTORI - GERARDO GADEA
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