Ley Nº 18301 - IMPUESTO A LAS COMISIONES. COMERCIO EXTERIOR

Rango Ley
Publicación 2008-06-09
Estado Vigente
Departamento TABARE VAZQUEZ - DANILO ASTORI
Fuente IMPO
artículos 4
Historial de reformas JSON API
Artículo 1

Derógase el artículo 1º de la Ley Nº 16.492, de 2 de junio de 1994. (*)

Artículo 2

(*)

Artículo 3

Lo dispuesto en los artículos 1º y 2º precedentes, regirá a partir del 1º de enero de 2008.

Artículo 4

(*)

TABARE VAZQUEZ - DANILO ASTORI

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