Ley Nº 18402 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. JULIO CESAR SOSA PEÑA
Artículo 1
Concédese una pensión graciable al señor Julio César Sosa Peña, cédula de identidad Nº 1.070.096-2, equivalente a 4 BPC (cuatro bases de prestaciones y contribuciones).
Artículo 2
Precísase que la erogación resultante será atendida por Rentas Generales.
TABARE VAZQUEZ - MARIA SIMON - ALVARO GARCIA
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