Ley Nº 18424 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. AMADO EDISON BORDON
Artículo 1
Concédese una pensión graciable al señor Amado Edison Bordón, cédula de identidad Nº 1.103.285-2, equivalente a cuatro bases de prestaciones y contribuciones.
Artículo 2
Precísase que la erogación resultante será atendida por Rentas Generales.
TABARE VAZQUEZ - MARIA SIMON - ALVARO GARCIA
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.