Ley Nº 18452 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. ANIBAL BARRIOS PINTOS
Artículo 1
Concédese una pensión graciable al señor Aníbal Barrios Pintos, cédula de identidad N° 304.389-7, equivalente a 4 BPC (cuatro Bases de Prestaciones y Contribuciones).
Artículo 2
Precísase que la erogación resultante será atendida por Rentas Generales.
TABARE VAZQUEZ - MARIA SIMON - ALVARO GARCIA
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