Ley Nº 18457 - TRANSFERENCIA DE BIEN INMUEBLE. CANELONES

Rango Ley
Publicación 2009-01-23
Estado Vigente
Departamento TABARE VAZQUEZ - MARIA JULIA MUÑOZ
Fuente IMPO
artículos 2
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Artículo 1

Transfiérese a la Intendencia Municipal de Canelones el inmueble Padrón Nº 23, sito en la 1ª. Sección Judicial del departamento del mismo nombre, manzana catastral Nº 161, solar 1, que, según plano del ingeniero agrimensor Sergio Cayafa, inscripto en la Oficina de Catastro de Canelones con el Nº 13375, el 21 de setiembre de 2005, posee una superficie de 7.211 metros 21 decímetros, que se deslinda al este: 78,89 metros de frente a la calle Dr. Baltasar Brum; al sur: 77,22 metros de frente a la calle Dr. Luis Alberto Brouse, entre ambos frentes ochava recta de 5 metros; al oeste: 78,44 metros de frente a la calle Dr. Francisco Soca, entre este viento y el anterior ochava recta de 5 metros; al norte: 77,46 metros de frente a la calle Julio Brunereau Des Houllieres entre este viento y el anterior y posterior ochavas rectas de 5 metros cada una, propiedad del Ministerio de Salud Pública.

Artículo 2

La presente ley operará como título y modo de la mencionada traslación de dominio y para la respectiva inscripción en la Sección Inmobiliaria del Registro de la Propiedad, bastará un testimonio de esta disposición, el que podrá ser complementado por un certificado notarial que contenga los datos pertinentes para el correcto asiento registral.

TABARE VAZQUEZ - MARIA JULIA MUÑOZ

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