Ley Nº 18460 - BIENES DEL ESTADO. TRANSFERENCIA DE DOMINIO
Artículo 1
Transfiérese a título gratuito del patrimonio del Banco de Seguros del Estado al del Estado -Ministerio de Educación y Cultura-, el inmueble sito en el departamento de Montevideo, con todas las mejoras y construcciones que le acceden, a saber: Bien inmueble empadronado con el N° 3066 que, según el plano de mensura suscripto por el ingeniero agrimensor Alberto de Arteaga, inscripto en la Dirección Nacional de Topografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el 5 de diciembre de 1916, se compone de una superficie de 885 metros cuadrados 9.463 centímetros cuadrados y se deslinda así: 21 metros 27 centímetros al este con frente a la calle Misiones; 41 metros 70 centímetros al sur también de frente a la calle Rincón por ser esquina; señalada sus puertas de acceso con los números 423 a 449; 21 metros 27 centímetros al oeste lindando con la sucesión de Luis Posadas, y 41 metros 43 centímetros al norte lindando con Banco de Crédito.
Artículo 2
Esta ley operará como título y modo de la mencionada traslación de dominio y para la respectiva inscripción en la Sección Inmobiliaria del Registro de la Propiedad, bastará un testimonio de esta disposición, el que podrá ser complementado por un certificado notarial que contenga los datos pertinentes para el correcto asiento registral.
TABARE VAZQUEZ - MARIA SIMON - ANDRES MASOLLER
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