Ley Nº 18515 - LEY DE PRENSA. MODIFICACION. CODIGO PENAL. MODIFICACION
Artículo 1
Declárase de interés general la promoción de la actividad de los medios de comunicación, así como la actividad de sus periodistas y trabajadores de la prensa en general, tanto de los medios escritos como radiales y televisivos.
Artículo 2
Declárase el día 3 de mayo de cada año como "Día Nacional de la Libertad de Prensa". Esta fecha, así como el 20 de setiembre "Día de la Libertad de Expresión de Pensamiento" (Ley Nº 17.778, de 24 de mayo de 2004) y el 23 de octubre "Día del Periodista" (Ley Nº 16.154, de 23 de octubre de 1990) serán conmemoraciones en homenaje a todos los periodistas, en particular a aquellos fallecidos en ejercicio de su función.
Artículo 3
(*)
Artículo 4
(*)
Artículo 5
(*)
Artículo 6
(*)
Artículo 7
(*)
Artículo 8
(*)
Artículo 9
(*)
Artículo 10
Derógase el literal K) del artículo 6º del Decreto-Ley Nº 10.279, de 19 de noviembre de 1942.
TABARE VAZQUEZ - JORGE BRUNI - GONZALO FERNANDEZ - ALVARO GARCIA - JOSE BAYARDI - MARIA SIMON - VICTOR ROSSI - DANIEL MARTINEZ - EDUARDO BONOMI - MARIA JULIA MUÑOZ - ERNESTO AGAZZI - HECTOR LESCANO - CARLOS COLACCE - MARINA ARISMENDI
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